¿Qué pasos dar ante un divorcio?

¿Qué debemos hacer si queremos iniciar el procedimiento de divorcio?

Es muy importante antes de dar un paso tan personal y delicado como es iniciar un procedimiento de divorcio conocer las consecuencias que tal decisión puede conllevar para nuestros hijos y que también puede afectar a nuestro futuro económico.

El primer consejo si quiere pedir el divorcio seria asesorarse por un Abogado especialista en Derecho de Familia. Nunca debe realizar ningún acto sin tener previamente claras las consecuencias del mismo.

Así es importante conocer de antemano que derechos tiene usted, los derechos de sus hijos, que ocurrirá con los bienes que tiene en común con su marido/mujer si están casados en gananciales, reparto de las deudas comunes, así como que derechos tiene usted si su Régimen Económico Matrimonial es el de separación de bienes.

Para iniciar el procedimiento de divorcio va a necesitar el certificado de matrimonio y los certificados de nacimiento de sus hijos (esta documentación puede solicitarse en el registro civil  donde estén inscritos), comentar que nuestro despacho ofrece un servicio completamente gratuito para solicitar tales certificados.

Además es importante aportar recibos de todos los gastos que pueda tener la unidad familiar, tales como Ibi, gastos de agua, luz, gas, vehículos, contratos de alquiler, gastos normales de los hijos…..

En cuanto al sistema de custodia que más protección da a los hijos menores en la actualidad se considera que es el de CUSTODIA COMPARTIDA y ello sin especial relevancia de la edad de los menores, eso sí, sin perjuicio de que el Juez encargado del divorcio deba analizar las circunstancias ambientales de cada uno de los padres (horarios de trabajo, situación familiar, ayuda en el cuidado del hijo de otros familiares…)

Y valorar caso por caso,  cuál sería el sistema que mejor satisface las necesidades e intereses del hijo menor. Por ello no es raro que se otorgue solo la guarda y custodia a uno de os progenitores y se establezcan para el otro amplios regímenes de visita.

Desde Vidanes & Díez ABOGADOS recomendamos siempre la opción de divorcio de mutuo acuerdo donde los cónyuges se pongan de acuerdo acerca de las medidas a tomar en relación con los hijos menores (pensión de alimentos, régimen de visitas, gastos de carácter extraordinario….), a quien corresponde el uso del domicilio familiar, el reparto de los bienes de la sociedad de gananciales y si existe o no la necesidad de establecer una pensión compensatoria para uno de los cónyuges así como su duración y cuantía.

Debemos tener en cuenta que dichas medidas son las que van a regir las relaciones entre los cónyuges y sus hijos en los años posteriores al divorcio y que por ello debemos detallarlas lo máximo posible a fin de evitar problemas en el futuro o malas interpretaciones de las mismas, de ahí que se haga de vital importancia acudir a un Abogado de familia a fin de que aconseje y supervise todo el procedimiento y porque además es obligatorio conforme a la Ley actuar representado por Procurador y defendido por un Abogado.

Si no cabe la posibilidad de llegar a un acuerdo para las partes, será necesario acudir al Juzgado a fin de que sea el Juez el que determine y establezca las medidas que comentábamos unos párrafos más arriba.

Cabe destacar en cuanto a la custodia compartida, que si se acuerda esta, no por ello no podrá establecerse una pensión de alimentos a cargo de uno de los dos cónyuges para el caso de que existan grandes desigualdades económicas entre uno y otro.

También se determinara si hay posibilidad de establecer una PENSIÓN COMPENSATORIA (no confundir con la pensión de alimentos de los hijos), a diferencia de la de alimentos, la compensatoria es de carácter temporal, se otorga cuando el cónyuge con derecho a percibirla la solicita al Juzgado o la acuerdan ambos cónyuges.

Los últimos cambios legislativos han dado lugar a que en caso de que fallezca el ex cónyuge obligado al pago de la pensión compensatoria, el ex cónyuge superviviente puede solicitar bajo determinadas circunstancias una pensión de viudedad.

Si el Régimen Económico Matrimonial es el de separación de bienes, el cónyuge al que le cause un perjuicio el divorcio, podría solicitar además de una pensión compensatoria, una indemnización por tal motivo.

Por lo que respecta a la hipoteca que grave el domicilio familiar la cuota se abonara conforme a la cuota de propiedad que cada cónyuge tenga  siendo que cada uno tiene el 50%, abonaran las cuotas por partes iguales.

Si quieres más información sobre los pasos a seguir para divorciarte llámanos al 654 508 632 o bien envíanos un Whatsapp con tus datos y nosotros te llamamos en un plazo de 24 Horas (Salvo fines de semana)

 

 

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