ĀæTE DEBEN DINERO O ALGUNA FACTURA IMPAGADA?Reclama ya tu di
En Vidanes y DĆez, somos Abogados especialistas en la reclamación y cobro de deudas, impagos y morosos.
RECLAMAMOS TUS FACTURAS IMPAGADAS PARA QUE RECUPERES TU DINERO CUANTO ANTES
En Vidanes & Diez ABOGADOS usamos un mĆ©todo que MAXIMIZA LAS POSIBILIDADES DE ĆXITO en la reclamación de tus facturas.
¿Por qué elegir nuestro despacho?
Sencillo y RƔpido. Sin tramites innecesarios
Te lo ponemos fƔcil, tramites los justos y necesarios. Nosotros nos encargamos de todo desde el principio
FACILIDADES DE PAGO
Porque queremos ponĆ©rtelo fĆ”cil y que el acceso a unos servicios jurĆdicos de calidad no sea un privilegio para unos pocos. Por eso hemos creado los planes de financiación, adaptados a ti, a tus circunstancias particulares y porque mereces pagar un precio justo por defender lo que de verdad importa, TUS DERECHOS
PERSONAL Y CERCANO
Sabemos perfectamente lo importante que es para nuestros clientes tener alguien en quien confiar y que defienda sus derechos en el Juzgado con las mĆ”ximas garantĆas, y que ademĆ”s se sientan escuchados y comprendidos en sus circunstancias particulares
NUESTROS SERVICIOS DE RECLAMACION DE DEUDAS
NUESTRO METODO
01
RECLAMACIĆN POR VĆA AMISTOSA
Nos ponemos en contacto con tu deudor por medio de burofax o llamada telefónica a fin de requerirle en tu nombre el pago de las facturas o deudas.
02
RECLAMACIĆN EN VĆA JUDICIAL.
Si en un plazo de 15 dĆas, el deudor no ha respondido a nuestros requerimientos, interpondremos demanda judicial en menos de 48 horas.
03
RECUPERACIĆN DE TU DINERO.
Una vez obtenida sentencia favorable a tus intereses, se requerirĆ” al deudor para que proceda al pago de forma voluntaria.
04
EJECUCIĆN DE SENTENCIA
En caso de que el deudor no pague de forma voluntaria, instaremos ejecución de la sentencia solicitando al Juzgado que se proceda al embargo de bienes del deudor (cuentas bancarias, salarios, devoluciones de hacienda, embargo de determinado tipo de ayudasā¦)
¿Por qué trabajar con nosotros?
1.- En menos de 48 horas tendrƔs presentada tu demanda en el Juzgado correspondiente
2.- Nuestro sistema de reclamación nos permite tener mas de un 95% de éxito en las reclamaciones judiciales
3.- Tramitación de tu caso de forma transparente
4.- Presupuesto cerrado y por escrito, Nuestros honorarios sin sorpresas.
5.- Experiencia de mas de 15 aƱos reclamando deudas y facturas impagadas.
Preguntas frecuentes
¿Por qué Vidanes & Diez ABOGADOS?
Porque contamos con mas de 17 años de experiencia en la reclamación de deudas e impago de facturas.
Nuestra tasa de Ć©xitos a nivel judicial es cercana al 98% debido a que realizamos un exhaustivo anĆ”lisis de viabilidad de la demanda antes de presentarla para que la misma llegue al Juzgado con las mĆ”ximas garantĆas de Ć©xito.
¿Cómo funciona nuestro sistema para recuperar tu dinero?
La experiencia acumulada a lo largo de los aƱos en reclamación de deudas, nos ha ido indicando la mejor metodologĆa para reclamar tus deudas impagadas.
En un primer momento intentamos el cobro por la vĆa amistosa, y si esta fracasa acudimos a la vĆa judicial.
Nuestra polĆtica de actuaciones esta basada en la lealtad y transparencia para con nuestros clientes y en el acompaƱamiento al cliente desde el principio del procedimiento y hasta que consiga recuperar su dinero.
ĀæPuedo reclamar por la vĆa judicial mi deuda?
Por esta vĆa se pueden reclamar todas las deudas que cumplan una serie de requisitos legales como son: que la deuda esta vencida, sea liquida y exigible y que pueda a acreditarse la misma mediante algĆŗn tipo de documento como son facturas, albaranes de entrega, o cualquier otro documento comercial.
Nuestra alta tasa de éxito se debe al anÔlisis previo que efectuamos acerca de la viabilidad de la reclamación ante el Juzgado.
El procedimiento monitorio ¿Qué es? Pasos para INICIAR UN MONITORIO.
El procedimiento monitorio, es una forma Ć”gil establecida poro la ley que permite una reclamación sencilla y rĆ”pida de las deudas. No existen limites en cuanto a la cuantĆa a reclamar.
Una vez que tengamos toda la documentación necesaria, enviaremos la demanda al Juzgado para que se requiera al deudor el pago de las cantidades adeudadas
Tras la presentación de la demanda nos encontramos con 3 posibilidades:
1.- Que el deudor pague dentro de los 20 dĆas hĆ”biles desde el requerimiento, con lo cual se archivarĆa el monitorio.
2.- Que el deudor no haga caso al requerimiento, presentaremos entonces ejecución y solicitaremos al Juzgado para que proceda a averiguar los bienes del deudor y su posterior embargo.
3.- Puede ser que el deudor se oponga al monitorio, en este caso se archivara el monitorio y se continuara con demanda de juicio verbal (para reclamaciones inferiores a 6.000 euros) o juicio ordinario (reclamación es de cantidad superiores a 6.000 euros)
ĀæHay que pagar alguna tasa judicial?
En la actualidad solo tendrĆan que abonar tasas judiciales las personas jurĆdicas (empresas), estando los particulares exentos de tal abono.
El poder para el Procurador ¿Qué es y como tramitarlo?
El poder para el Procurador se puede efectuar bien mediante comparecencia personal en el Juzgado o bien a través de la sede electrónica del ministerio de Justicia.
En cualquier caso, no debes preocuparte, nosotros realizaremos todas las gestiones para evitarte en la medida de lo posible que tengas que desplazarte.
Para hacer el poder mediante la sede electrónica es necesario que tengas activado el DNI electrónico, en ese caso nosotros nos encargamos de hacer el poder en nuestro despacho en menos de 5 minutos.
¿Qué documentación nos tienes que aportar para iniciar tu reclamación?
Necesitaremos en primer lugar, la documentación que acredite la deuda.
Nuestra experiencia nos indica que la gran mayorĆa de inadmisiones de la demanda por el Juzgado se deben a la falta de aportación de la documentación acreditativa de la deuda, por eso ponemos especial Ć©nfasis en la recopilación de facturas, albaranesā¦etc. y en el anĆ”lisis y estudio previo de la demanda para garantizar su correcta presentación en el Juzgado y la admisión de la demanda.
Recuerda que la reclamación de deudas esta sujeta desde el año 2015 a prescripción de 5 años, gran cantidad de deudas prescribirÔn en octubre de 2020, date prisa o no podrÔs recuperar tu dinero.
Consulta aquà nuestro post acerca de la prescripción de deudas
Nuestros honorarios se basan en una cantidad fija y un porcentaje variable en función de la cuantĆa reclamada y obtenida por nuestros Abogados.
Cuando una pareja (estén o no casados) deciden poner fin a su relación, resulta imprescindible determinar el régimen de guarda y custodia de los hijos menores comunes.
Podemos resumir la guarda y custodia como las obligaciones o responsabilidades que los progenitores tienen sobre la crianza y cuidados de sus hijos. Es un concepto que se centra en el dĆa a dĆa y la convivencia habitual con los menores.
A la hora de determinar el rƩgimen de guarda y custodia los progenitores podrƔn optar por:
- Custodia exclusiva, se produce cuando la custodia es atribuida a uno de los progenitores, este progenitor serĆa el custodio.
- Custodia compartida, cuando ambos progenitores tienen la guarda y custodia del menor o menores en igualdad de condiciones y por periodos alternos, por ejemplo, una semana cada uno o 15 dĆas.
¿Qué derechos y obligaciones tiene el progenitor no custodio?
SerĆ” progenitor no custodio aquel que no tiene la guarda y custodia del menor, pero a pesar de no ostentar esta custodia, sigue manteniendo la patria potestad y junto a esta, una serie de Derechos y Deberes para con sus hijos menores de edad.
La guarda y custodia se refiere al derecho de convivir con el menor, la patria potestad recoge los derechos y deberes de los padres para con sus hijos. Por ello es importante no confundir ambas situaciones.
Lo mĆ”s comĆŗn es que en los casos de separación, divorcio y regularización de medidas paterno-filiales, la patria potestad sea mantenida por ambos progenitores, aunque podemos encontrar en nuestro ordenamiento jurĆdico causas que privan de la misma.
El artĆculo 154 del Código Civil dispone que la patria potestad sobre los hijos deberĆ” ejercerse siempre en beneficio e interĆ©s de los mismos y comprende entre otros los siguientes deberes y facultades:
- Velar por los hijos, tenerlos en su compaƱĆa, educarlos y darles una formación integral.
- La representación y administración de sus bienes.
¿Cómo quieres contactar?
PREGUNTAS FRECUENTES
ĀæQuĆ© garantĆas tengo de Ć©xito?
Nuestro sistema de trabajo permite asegurar al cliente un porcentaje de Ć©xito cercano al 95%, porque previamente a iniciar tu asunto haremos un estudio pormenorizado del mismo, analizando sentencias en casos similares a travĆ©s de nuestra potente base de datos. si tu caso no fuera viable igualmente te lo indicarĆamos a fin de evitarte gastos innecesarios y pĆ©rdida de tiempo.
¿Cómo va a ser la comunicación de mi asunto si os contrato?
Desde el inicio de tu procedimiento procederemos a comunicarte por la vĆa que prefieras (telĆ©fono, WhatsApp, emailā¦) la marcha del mismo de forma puntual y cada vez que se de un paso por parte del Juzgado o necesitemos solicitar tu autorización para realizar una gestión.
¿Qué obtengo con la primera consulta?
La duración de la consulta es de una hora, en ella analizaremos tu asunto y te daremos la solución y posibles vĆas para solucionar tu caso, estudiaremos la viabilidad, opciones que tienes y te haremos un presupuesto personalizado asi como un calendario de pagos adaptado a tus circunstancias.
En munchas ocasiones una Ćŗnica consulta puede solucionar tu caso, no tienes nada que perder y sĆ mucho que ganar.
¿Puedo hacer la consulta por teléfono o videollamada?
Por supuesto, puedes reservar tu cita por video consulta (WhatsApp, Skype o cualquier otro sistema que uses) o llamada previo pago de la misma.
Te daremos los datos para el pago y una vez confirmado el pago te daremos cita para atender tu consulta.
Mientras dure la gestión de mi asunto ¿con quién estaré en contacto?
Siempre hablaras con el abogado que gestiona tu caso, nunca con una secretaria o terceras personas ajenas. siempre de TĆ A TĆ y de forma directa
¿CuÔles son vuestros honorarios?
Nuestros honorarios varĆan en función del asunto a resolver, en cualquier caso, en tu primera consulta te haremos un presupuesto cerrado sin compromiso alguno y si estas conforme con el mismo iniciaremos la tramitación de tu caso. en caso de no estar de acuerdo, no pasa nada ya que no estas obligado a nada.
En muchas ocasiones condenan a la parte contraria al pago de las costas procesales, por lo que tu caso puede salirte finalmente a coste cero.
¿Cómo os puedo pagar?
Aceptamos pagos en efectivo, mediante Bizum, tarjeta o transferencia bancaria.
En cualquier caso, puedes fraccionar tus pagos sin coste adicional.
ConsĆŗltanos cuando nos llames para solicitar tu cita
¿CobrÔis por la primera consulta?
Si, el precio de la primera consulta son 50 euros IVA incluido.
Existen determinados tipos de asuntos en los que no cobramos la consulta (por ejemplo, en temas de clƔusulas abusivas de bancos o de productos financieros)
ConsĆŗltanos sin compromiso