Consúltanos sobre como modificar las medidas acordadas en tu divorcio para adaptarlas a tus nuevas circunstancias actuales
Con frecuencia, las circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de divorciarse se modifican, en sentido positivo o negativo, para uno o ambos de los ex cónyuges. Estos cambios conllevan unas consecuencias que pueden dar lugar a una modificación de los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges si el divorcio fue de mutuo acuerdo, o bien una modificación de la sentencia dictada por el Juzgado, en los casos de divorcio contencioso.
Es en esta situación cuando cualquiera de los ex cónyuges puede instar del Juzgado una modificación de las medidas que en su día se tuvieron en cuenta a la hora del divorcio o la separación.
¿Quién puede iniciar el procedimiento de modificación de medidas?
Cualquiera de los ex cónyuges o ambos de mutuo acuerdo.
¿Qué medidas pueden modificarse mediante este procedimiento?
La modificación de medidas puede tratar sobre algunos de los siguientes hechos entre otros:
¿Qué requisitos son necesarios para instar la modificación de medidas?
En primer lugar, que los hechos que motivan la solicitud de modificación de medidas tengan entidad suficiente que justifique la misma y que se hayan producido posteriormente al divorcio o la separación
Dichos cambios deben ser permanentes y no meramente temporales y que no hayan sido buscados de forma artificial por la parte que las solicita.
Como todo procedimiento judicial, es un proceso complejo que requiere estar correctamente asesorado por un abogado especialista en derecho de familia, y, además, por exigirlo así la Ley, representado debidamente por un Procurador.
En vidanes & Diez ABOGADOS, LLEVAMOS MAS DE 15 AÑOS tramitando estos procedimientos, por lo que, si necesitas un profesional cualificado, no busques más, llámanos y te informaremos sin compromiso