Abogado especialista en Ejecución de Sentencias de Familia en Leon

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La ejecución de Sentencias en el derecho de familia

Ya tenemos una sentencia en un procedimiento de familia, ¿Qué hacer si la parte condenada en dicha sentencia no cumple con la misma?

¿Qué pasa si mi ex no cumple con el régimen de visitas? Y ¿si ha dejado de pasarme la pensión de alimentos o la pensión compensatoria?

En el presente articulo analizamos la ejecución de las sentencias.

Desafortunadamente estas preguntas son cada vez mas frecuentes en nuestro despacho y es de vital importancia conocer que actuaciones legales podemos tomar para hacer que se cumpla la sentencia que previamente hemos obtenido.

Cuando en un procedimiento de separación o divorcio hemos obtenido una sentencia y esta es firme, esta obliga a ambas partes a cumplir con el contenido recogido en dicha sentencia.

En caso de incumplimiento por una de las partes, el perjudicado podrá instar ante el juzgado demanda de ejecución de sentencia solicitando al Juzgado que se obligue a la otra parte a cumplir con el contenido de la sentencia.

Es importante conocer que, desde el mismo momento en que se dicta la sentencia, las medidas acerca de los hijos, uso de la vivienda… son directamente ejecutables ante el Juzgado que dictó la sentencia.

Existen otro tipo de medidas de carácter patrimonial que serían susceptibles de ejecución provisional.

¿Qué Juzgado tiene competencia para conocer de la demanda de ejecución?

Sera el Juzgado que ha dictado la sentencia de divorcio o separación o regularización de medidas paterno filiales.

Legitimación para presentar la demanda de ejecución

Estarán legitimados los cónyuges o los progenitores.

Esto como norma general sin perjuicio de las siguientes matizaciones:

  • Ejecución de medias relativas a la guarda y custodia de los menores, únicamente estarán legitimados las personas a las que se les haya otorgado la custodia.
  • Por lo que se refiere a la ejecución de medidas acerca de pensión de alimentos, únicamente podrá instar la ejecución el progenitor que tenga la guarda y custodia de los hijos menores beneficiarios de la pensión. En el caso de que los hijos sean mayores de edad y sigan conviviendo con el progenitor custodio, estará legitimado este último.

¿Puedo solicitar la ejecución de la sentencia sin Abogado ni Procurador?

NO. En estos casos la Ley exige de forma obligatoria actuar defendido por Abogado y representado por Procurador.

Le recomendamos ponerse en manos de un Abogado experto para iniciar la ejecución de sus sentencia, en Vidanes & Diez ABOGADOS llevamos mas de 20 años dedicándonos al Derecho de Familia.

Si tiene cualquier duda póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos sin ningún tipo e compromiso sobre los pasos a seguir para ejecutar su sentencia de familia.

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