Con la legalización en 2005 del matrimonio de personas del mismo sexo, nace también la posibilidad del DIVORCIO HOMOSEXUAL
En el nivel legal no existe absolutamente ninguna diferencia entre un divorcio heterosexual y un divorcio homosexual.
Sin embargo, si que pueden darse determinadas peculiaridades a la hora de un divorcio entre personas del mismo sexo, sobre todo en el caso de que existan hijos menores de edad.
No hay que olvidar que la Justicia, y mas en materia de familia, ha actuado siempre mediante ciertos automatismos a la hora del otorgamiento de la custodia de los hijos comunes en las parejas heterosexuales, automatismos, que por fortuna están poco a poco cambiando y adaptándose a las nuevas realidades sociales.
¿Qué ocurre en el caso de que una pareja de gays o lesbianas quieran divorciarse? ¿a quién se le dará la guarda y custodia de los menores en caso de que ambos progenitores lo soliciten?
¿influye el hecho bilógico a la hora de tomar dicha decisión?
Al contrario que en los divorcios entre personas de diferente sexo, en el divorcio homosexual pueden surgir dudas al respecto.
Por eso, desde Vidanes & Diez ABOGADOS, nos hemos especializado en divorcios homosexuales para allanarte el camino en caso de divorcio y resolver esas posibles dudas o inconvenientes que puedan surgir en la tramitación del divorcio.
Ofrecemos un servicio encaminado a cubrir todas las necesidades de nuestros clientes homosexuales que quieran poner fin a su matrimonio.
Nuestros servicios abarcan tanto los divorcios contenciosos como de mutuo acuerdo, existan o no hijos comunes al matrimonio y centramos nuestros esfuerzos en cuestiones tan relevantes como la guardia y custodia de los hijos, el establecimiento de una pensión de alimentos, el uso y disfrute del domicilio familiar, régimen económico el matrimonio…
Y siempre desde una visión natural del hecho del matrimonio homosexual y el conocimiento especifico de la materia en la práctica de los Juzgados.
Cuando una pareja (estén o no casados) deciden poner fin a su relación, resulta imprescindible determinar el régimen de guarda y custodia de los hijos menores comunes.
Podemos resumir la guarda y custodia como las obligaciones o responsabilidades que los progenitores tienen sobre la crianza y cuidados de sus hijos. Es un concepto que se centra en el dÃa a dÃa y la convivencia habitual con los menores.
A la hora de determinar el régimen de guarda y custodia los progenitores podrán optar por:
- Custodia exclusiva, se produce cuando la custodia es atribuida a uno de los progenitores, este progenitor serÃa el custodio.
- Custodia compartida, cuando ambos progenitores tienen la guarda y custodia del menor o menores en igualdad de condiciones y por periodos alternos, por ejemplo, una semana cada uno o 15 dÃas.
¿Qué derechos y obligaciones tiene el progenitor no custodio?
Será progenitor no custodio aquel que no tiene la guarda y custodia del menor, pero a pesar de no ostentar esta custodia, sigue manteniendo la patria potestad y junto a esta, una serie de Derechos y Deberes para con sus hijos menores de edad.
La guarda y custodia se refiere al derecho de convivir con el menor, la patria potestad recoge los derechos y deberes de los padres para con sus hijos. Por ello es importante no confundir ambas situaciones.
Lo más común es que en los casos de separación, divorcio y regularización de medidas paterno-filiales, la patria potestad sea mantenida por ambos progenitores, aunque podemos encontrar en nuestro ordenamiento jurÃdico causas que privan de la misma.
El artÃculo 154 del Código Civil dispone que la patria potestad sobre los hijos deberá ejercerse siempre en beneficio e interés de los mismos y comprende entre otros los siguientes deberes y facultades:
- Velar por los hijos, tenerlos en su compañÃa, educarlos y darles una formación integral.
- La representación y administración de sus bienes.
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PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué garantÃas tengo de éxito?
Nuestro sistema de trabajo permite asegurar al cliente un porcentaje de éxito cercano al 95%, porque previamente a iniciar tu asunto haremos un estudio pormenorizado del mismo, analizando sentencias en casos similares a través de nuestra potente base de datos. si tu caso no fuera viable igualmente te lo indicarÃamos a fin de evitarte gastos innecesarios y pérdida de tiempo.
¿Cómo va a ser la comunicación de mi asunto si os contrato?
Desde el inicio de tu procedimiento procederemos a comunicarte por la vÃa que prefieras (teléfono, WhatsApp, email…) la marcha del mismo de forma puntual y cada vez que se de un paso por parte del Juzgado o necesitemos solicitar tu autorización para realizar una gestión.
¿Qué obtengo con la primera consulta?
La duración de la consulta es de una hora, en ella analizaremos tu asunto y te daremos la solución y posibles vÃas para solucionar tu caso, estudiaremos la viabilidad, opciones que tienes y te haremos un presupuesto personalizado asi como un calendario de pagos adaptado a tus circunstancias.
En munchas ocasiones una única consulta puede solucionar tu caso, no tienes nada que perder y sà mucho que ganar.
¿Puedo hacer la consulta por teléfono o videollamada?
Por supuesto, puedes reservar tu cita por video consulta (WhatsApp, Skype o cualquier otro sistema que uses) o llamada previo pago de la misma.
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Mientras dure la gestión de mi asunto ¿con quién estaré en contacto?
Siempre hablaras con el abogado que gestiona tu caso, nunca con una secretaria o terceras personas ajenas. siempre de TÚ A TÚ y de forma directa
¿Cuáles son vuestros honorarios?
Nuestros honorarios varÃan en función del asunto a resolver, en cualquier caso, en tu primera consulta te haremos un presupuesto cerrado sin compromiso alguno y si estas conforme con el mismo iniciaremos la tramitación de tu caso. en caso de no estar de acuerdo, no pasa nada ya que no estas obligado a nada.
En muchas ocasiones condenan a la parte contraria al pago de las costas procesales, por lo que tu caso puede salirte finalmente a coste cero.
¿Cómo os puedo pagar?
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