EL DESAHUCIO POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
En el presente articulo te vamos a contar todo lo que necesitas conocer para poner fin a tu contrato de arrendamiento en caso de incumplimiento del mismo por parte del inquilino.
¿Quién puede reclamar por el incumplimiento?
Esta reclamación puede emplearse tanto para el arrendador de local como de una vivienda como por el propio inquilino.
En el caso de que sea el arrendador (el que alquila) puede iniciar la acción de desahucio por incumplimiento del contrato de arrendamiento.
Los contratos, cualquiera que sea su tipo, generan para ambas partes una serie de obligaciones y derechos, en el caso del arrendamiento se establecen el mismo obligaciones y derechos tanto para el arrendador como para el inquilino.
La principal obligación del inquilino es el pago de la renta en el plazo establecido para ello y la del arrendador es garantizar a su inquilino el uso pacífico de la cosa arrendada manteniéndola en condiciones de habitabilidad.
Aunque existen muchas obligaciones, estas dos son la que más conflictos provocan con diferencia.
De lo que hemos dicho antes se establece que el incumplimiento del contrato puede producirse por cualquiera de las partes, es decir que tanto el inquilino como el propietario pueden ejercitar la acción por incumplimiento del contrato.
Si mi inquilino no cumple con su parte del contrato ¿Puedo echarlo?
La respuesta es que si, pero hay que analizar antes una serie de circunstancias para que la respuesta sea efectiva.
- Que el inquilino deje de pagar el alquiler o lo haga con reiterados retrasos.
- Que el inquilino haga un uso inadecuado de la vivienda o local
- Si se están provocando daos en el inmueble
- Molestias graves y reiteradas al resto de propietarios
- El uso de la vivienda para usos o servicios ilegales y no permitidos por la ley
- Cuando no se cumple con cualquiera de las cláusulas establecidas en el contrato de arrendamiento
Estos son algunos de los principales motivos que nos permitirían desahuciar al inquilino, aunque existen otros como, por ejemplo, la necesidad de la vivienda por parte del arrendador
En ocasiones, ante las quejas del propietario el inquilino puede optar por marcharse, pero en otros casos la cosa no es tan sencilla y deberemos acudir a los Juzgados a efectos de hacer valer nuestros intereses.
En estos casos debemos ponernos en manos de un Abogado especializado en desahucios para iniciar el trámite de desahucio.
En Vidanes & Diez ABOGADOS, hemos tramitado con éxito más de 300 desahucios y nuestro compromiso con el cliente es una vez que tengamos toda la documentación necesaria, presentar las demandas en el Juzgado en menos de 24 horas.